¿Has vendido tu moto y el comprador no hizo el cambio de nombre? ¿Te la han robado, la entregaste a un desguace o la enviaste al extranjero y ahora necesitas dejar de ser responsable de impuestos, multas o seguros? Si “ya no tienes” la moto, existen varias vías legales para regularizar la situación ante la DGT. En esta guía te explico qué trámite corresponde en cada caso, qué documentos necesitas, cómo hacerlo online o presencial y qué tasas aplican.
Lee con atención y elige el procedimiento correcto: en algunos supuestos no debes pedir una baja, sino realizar una notificación de venta; en otros, la baja temporal o definitiva es la solución. Así evitarás sanciones, responsabilidades y sorpresas futuras.
Qué significa “ya no tengo la moto” y qué trámite corresponde
La clave para acertar con el trámite es identificar por qué ya no tienes la moto. Estos son los escenarios más habituales y la opción correcta en cada uno:
- La vendiste y el comprador no cambió la titularidad: haz una notificación de venta en la DGT. No es una baja y te libera de responsabilidades futuras.
- Te la robaron o no sabes dónde está: solicita baja temporal por sustracción aportando la denuncia.
- La entregaste a un desguace (CATV): procede la baja definitiva por tratamiento medioambiental. La tramita el CATV y emite el certificado de destrucción.
- La exportaste o la has matriculado en otro país: pide baja definitiva por exportación.
- No la usas y no la tienes a mano pero podría volver: valora la baja temporal voluntaria, que suspende obligaciones mientras dura.
Si la vendí y no cambiaron el nombre: notificación de venta
Es el caso más frecuente. Si el comprador no realiza el cambio de titularidad, sigues figurando como titular y puedes recibir multas, IVTM o reclamaciones. La solución es hacer la notificación de venta (también llamada comunicación de transmisión) ante la DGT.
Qué consigue la notificación de venta
- Te desvincula de responsabilidades por hechos posteriores a la venta (multas, embargos, etc.).
- Obliga al comprador a completar el cambio de titularidad para poder circular.
Documentación habitual
- Contrato de compraventa con fecha, datos completos de comprador y vendedor, marca/modelo, matrícula y VIN.
- Identificación del vendedor (DNI/NIE o permiso de residencia).
- Justificante de entrega de la moto (si lo tienes) o cualquier prueba de la transmisión.
Plazos y cómo hacerlo
- Plazo orientativo: comunícalo cuanto antes; la DGT aconseja hacerlo en los 10 días siguientes a la venta. El comprador dispone de 30 días para el cambio de nombre.
- Online: en la sede electrónica de la DGT con certificado digital, DNIe o Cl@ve, o desde la app miDGT.
- Presencial: con cita previa en Jefatura. Lleva originales y copias.
Importante: la notificación de venta no es una baja. Si la moto sigue circulando, quien debe actuar es el comprador con el cambio de titularidad.
Si te la han robado: baja temporal por sustracción
Cuando la moto ha sido sustraída, el trámite adecuado es una baja temporal por sustracción. Evita que te imputen multas, IVTM o responsabilidades mientras no la tengas.
Pasos y requisitos
- Denuncia previa: presenta denuncia ante Policía o Guardia Civil y conserva el resguardo.
- Solicitud de baja temporal por sustracción: en la sede de la DGT, en miDGT o presencial con cita.
- Documentación: identificación del titular y denuncia. Si dispones de permiso de circulación y tarjeta ITV, llévalos; si no, no impide el trámite.
Duración y efectos
- Las bajas temporales tienen vigencia de un año y son renovables si la situación persiste.
- Si la moto aparece, puedes reactivar el alta presentando la documentación y regularizando ITV/seguro si corresponde.
- Mientras dure la baja, no se puede circular ni transferir la moto.
Si la entregaste a un desguace: baja definitiva por CATV
Cuando la moto se da de baja por final de vida útil, debe hacerse a través de un Centro Autorizado de Tratamiento de Vehículos (CATV). Estos centros gestionan la baja definitiva ante la DGT y emiten el certificado de destrucción.
Qué necesitas
- Identificación del titular o representante autorizado.
- Permiso de circulación y tarjeta ITV. Si se han extraviado, puedes aportar denuncia de pérdida y una declaración; consulta con el CATV.
- Documentación de representación si no acude el titular (autorización firmada y copia del DNI).
Cómo se tramita
- Contacta con un CATV. Pueden retirar la moto con grúa si es necesario.
- El CATV comunica la baja definitiva a la DGT y te entrega el certificado de destrucción y justificante de baja.
- Con esos documentos podrás cancelar el seguro y, en su caso, justificar ante el ayuntamiento el cese del IVTM.
Nota: la baja definitiva por tratamiento medioambiental es irreversible. La rehabilitación no procede cuando el vehículo ha sido destruido.
Si la exportaste: baja definitiva por exportación
Si has enviado la moto a otro país para su matriculación fuera de España, debes solicitar la baja definitiva por exportación en la DGT.
Documentos habituales
- Identificación del titular.
- Permiso de circulación y ficha técnica.
- Justificante de exportación o documentación del país de destino (p. ej., matriculación extranjera, contrato de venta al extranjero, documento aduanero o de transporte).
Consideraciones
- Al causar baja por exportación, la moto deja de figurar en el registro español. En el país de destino deberás matricularla según su normativa.
- Revisa requisitos aduaneros y fiscales si el destino es fuera de la UE.
Si solo quieres “pararla”: baja temporal voluntaria
Si no tienes la moto a mano pero podría volver a tu posesión o uso (por ejemplo, está guardada, pendiente de reparación o no quieres pagar costes mientras tanto), puedes solicitar la baja temporal voluntaria.
Efectos y duración
- Suspende la obligación de circular, pasar ITV y de mantener seguro en vigor mientras dure la baja.
- Vigencia de 1 año, con posibilidad de prórroga si la situación continúa.
- Para volver a circular, tramita la reactivación y regulariza ITV y seguro.
Cuándo no conviene
- No es la opción correcta si la moto ha sido destruida o entregada a un desguace: en ese caso corresponde baja definitiva por CATV.
- Si la vendiste, no pidas baja temporal: realiza mejor la notificación de venta.
Requisitos y documentos según el caso
Comunes
- Identificación del titular (DNI, NIE o equivalente).
- Justificante del supuesto (denuncia de robo, contrato de compraventa, certificado de destrucción, etc.).
- Autorización y copia de identificación si lo realiza un representante o gestoría.
Específicos por trámite
- Notificación de venta: contrato de compraventa firmado, datos completos del comprador y vendedor, fecha y precio.
- Baja temporal por sustracción: denuncia policial o de Guardia Civil.
- Baja definitiva por CATV: certificado de destrucción emitido por el centro.
- Baja por exportación: documento justificativo de exportación o de matriculación en el extranjero.
Cómo tramitarlo: online, app y presencial
Vía online
- Accede a la sede electrónica de la DGT con certificado digital, DNIe o Cl@ve.
- Selecciona el trámite: notificación de venta, baja temporal o baja definitiva por exportación.
- Adjunta la documentación digitalizada y abona la tasa correspondiente cuando proceda.
- Descarga el justificante (y guarda el correo de confirmación si te llega).
App miDGT
- Permite algunos trámites como notificar la venta o una baja temporal.
- Identifícate con Cl@ve y sigue los pasos guiados.
Vía presencial
- Solicita cita previa en la Jefatura u Oficina de Tráfico.
- Lleva originales y copias de la documentación.
- Si acude un tercero, aporta autorización firmada del titular y su identificación.
Costes, tasas y pagos
- Las bajas y comunicaciones pueden implicar la Tasa 4.1 de la DGT en determinados supuestos (como baja temporal voluntaria o baja por exportación).
- La baja definitiva por CATV la tramita el desguace y no suele tener tasa de DGT para el titular; el centro puede cobrar por la retirada o gestionar el residuo sin coste según el caso.
- La notificación de venta no requiere tasa de cambio de titularidad (esa la abona el comprador cuando haga la transferencia). Consulta si aplica alguna tasa de tramitación en la sede de la DGT.
- Verifica siempre el importe vigente y forma de pago en la sede electrónica antes de iniciar el trámite.
Bloqueos habituales y cómo resolverlos
- Embargos o precintos: pueden impedir la baja. Debes cancelar el precinto o resolver el embargo con el organismo que lo dictó.
- Reserva de dominio o cargas financieras: cancélala en el registro correspondiente antes de una baja definitiva.
- Fallecimiento del titular: los herederos deben acreditar la herencia (declaración de herederos o documento sucesorio) y aportar autorización/identificación para tramitar.
- Documentación perdida: puedes denunciar la pérdida y aportar una declaración responsable. El CATV suele poder tramitar con esa base en bajas por destrucción.
- ITV o seguro caducados: no impiden la baja; sí impiden circular. Para reactivaciones tras baja temporal, deberás regularizar ITV/seguro.
Impuestos, seguro y otros efectos
- Impuesto de Vehículos (IVTM): comunica la baja o la notificación de venta a tu ayuntamiento. Muchas entidades dejan de devengar el impuesto desde la fecha de efecto del trámite (según ordenanza).
- Seguro: con la baja definitiva o el certificado de destrucción podrás dar de baja o ajustar la póliza. En baja temporal, habla con tu aseguradora para suspenderla si procede.
- Multas: tras la notificación de venta o la baja por sustracción, las infracciones posteriores no deberían imputarse al antiguo titular; conserva siempre justificantes.
Preguntas frecuentes
¿Puedo dar de baja una moto que no tengo físicamente ni tengo papeles?
Sí, si fue robada (baja temporal por sustracción con denuncia) o si la entregaste a un CATV (el centro tramita la baja definitiva con certificado de destrucción). Si se extraviaron los documentos, presenta denuncia de pérdida; algunos trámites admiten declaración responsable.
¿Puedo pedir baja definitiva si la vendí?
No es lo adecuado. Si la moto circula con un nuevo dueño, realiza una notificación de venta. La baja definitiva corresponde a destrucción (CATV) o exportación.
¿Cuánto tarda el trámite?
Online suele ser inmediato o en pocas horas. En presencial, depende de la cita. El CATV comunica la baja definitiva habitualmente en 24-72 horas y te entrega justificantes.
¿Qué pasa si recupero la moto tras una baja por sustracción?
Solicita el alta nuevamente. Deberás tener ITV y seguro en vigor. Si la baja temporal ha caducado, renuévala o procede al alta según te indiquen.
¿La baja temporal me exime de pagar el IVTM?
Depende de la ordenanza municipal. Con el justificante de baja, muchos ayuntamientos no devengan el impuesto desde la fecha de efecto. Consulta con tu consistorio.
¿Qué hago si el comprador no colabora?
Conserva el contrato de compraventa y presenta la notificación de venta tú mismo. Es suficiente para desvincularte y dejar constancia en el registro.
¿Puedo tramitarlo mediante gestoría?
Sí. Autoriza a la gestoría con tu firma e identificación y facilítales la documentación; ellos presentarán la solicitud y tasas en tu nombre.